Misión


Visión
Políticas De Sostenibilidad
El HOTEL HANGASMAYO está comprometido con la sostenibilidad y mejora continua de nuestros procesos y actividades que generan impacto ambiental, sociocultural y económico.
Promovemos el buen uso del agua, la energía y el manejo adecuado de los residuos con el fin de cuidar el medio ambiente y conservar los recursos naturales.
Así mismo estamos comprometidos con la promoción y protección del patrimonio natural y cultural de la región como símbolo de nuestra identidad.
Declaramos nuestro rechazo a la explotación laboral y comercio sexual de niños niñas y adolescentes, explotación laboral infantil y prácticas discriminatorias.
Vinculamos personal de la región en condiciones justas para fortalecer su calidad de vida la de sus familias y la comunidad. De igual manera contribuimos al desarrollo económico de la región trabajando de la mano de nuestros proveedores.
Informaremos, sensibilizaremos y haremos participes de nuestra política a clientes, huéspedes, proveedores y colaboradores para posicionarnos como una empresa competente y sostenible en el campo hotelero.
Comportamiento Responsable En El Entorno Natural
Código de Ética
En cumplimiento de la ley 679 de 2001 y la resolución 3840 de 2009, el Hotel Hangasmayo, se acoge al código de conducta con el fin de proteger a los menores de edad de la explotación sexual.
Con el fin de cumplir lo anterior hemos definido las siguientes directrices:
- Todas nuestras actividades y operaciones, rechazan cualquier clase de explotación sexual de niños.
- Rechazamos la explotación laboral infantil.
- Rechazamos la discriminación de raza o género.
- Los funcionarios del Hotel Hangasmayo, no promoveremos destinos donde los menores estén expuestos directa o indirectamente al comercio sexual.
- Comunicaremos oportunamente a la policía local y/o autoridades competentes, cuando se detecten casos de comercio sexual con menores.
- Comercializaremos nuestros productos sin publicidad engañosa y sin involucrar prácticas indebidas con niños o adolescentes.
- Concientizaremos y divulgaremos al público que la explotación sexual de menores es un delito.
- Condenamos todas las formas de explotación sexual con niños y apoyamos todas las acciones legales para prevenir y castigar estos delitos.
- Solicitamos a los clientes, proveedores, socios y a otros hoteles que rechacen la participación en la explotación sexual de menores y que informen sobre todos los casos de explotación sexual de niños de los que tengan
Código de Conducta
En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° de la Ley 1336 de 2009, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo ha elaborado un modelo de códigos de conducta, el cual de acuerdo con lo estipulado es esta Ley deberá ser adoptado y cumplido por todos los prestadores de servicios turísticos. Los compromisos consagrados en este código de conducta fueron presentados ante representantes de gremios representativos del sector, quienes hicieron aportes y recomendaciones en reunión adelantada el paso 21 de octubre de 2009 en las instalaciones de Ministro de Comercio, Industria y Turismo. Atendiendo los aportes recibidos en esta reunión, se redactaron los compromisos mínimos que debe contener el código de conducta que deberá adoptar y cumplir los prestadores de servicios turísticos de la siguiente manera:
- Abstenerse de ofrecer en los programas de promoción turística y en planes turísticos, expresa o subrepticiamente, planes de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes.
- Abstenerse de dar información a los turistas, directamente o por interpuesta persona acerca de lugares desde donde se coordine o donde practique explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
- Abstenerse de conducir a los turistas, o a través de terceros a establecimientos o lugares donde se practique la explotación sexual comercial de niños, niñas, así como conducir a éstos a los sitios donde se encuentran hospedados los turistas, incluso si se trata de lugares localizados en alta mar, con fines de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
- Abstenerse de facilitar vehículos en rutas turísticas con fines de explotación o de abuso sexual con niños, niñas y adolescentes.
- Impedir el ingreso de niños, niñas y adolescentes a los hoteles o lugares de alojamiento y hospedaje, bares, negocios similares y demás establecimientos en los que se presten servicios turísticos, con fines de explotación o de abuso sexual.
- Adoptar las medidas tendientes a impedir que el personal vinculado a cualquier título con la empresa ofrezca servicios turísticos que permitan actividad sexual con niños, niñas y adolescentes.
- Proteger a los niños, niñas y adolescentes nacionales o extranjeros de toda forma de explotación y violencia sexual originada por turistas nacionales o extranjeros.
- Denunciar ante el Ministro de comercio, Industria y turismo y además autoridades competentes, los hechos de que hubiere tenido conocimiento por cualquier medio, así como la sospecha de estos, relacionados con explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y asegurar que al interior de la empresa existan canales para denunciar ante las autoridades competentes tales hechos.
- Diseñar y divulgar al interior de la empresa y con sus proveedores de bienes y servicios, una política en la que el prestador establezca medidas para prevenir y contrarrestar toda forma de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en viajes y turismo.
- Capacitar a todo el personal vinculado y que vaya vinculando a la empresa, así como a los proveedores que por la naturaleza de sus actividades tengan contacto con turistas, frente al tema de prevención de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
- Informar a sus usuarios sobre las consecuencias legales en Colombia de la explotación y el abuso sexual de niños, niñas y adolescentes.
LOS COLABORADORES DEL HOTEL ANGASMAYO NOS COMPROMETEMOS A ACATAR EL CÓDIGO DE CONDUCTA
